Buscar por

Premio Emilio Alarcos de Poesía 2011. X convocatoria

I. Objeto. Es objeto de estas bases regular la concesión del Premio Emilio Alarcos de Poesía, para obras originales y totalmente inéditas, no premiadas en otros concursos, escritas en castellano y con una extensión mínima de quinientos versos.

II. Solicitantes y requisitos. Podrán concurrir a este premio autores de cualquier nacionalidad. No podrán presentarse quienes hayan resultado premiados en ediciones anteriores.

III. Procedimiento de concesión. El premio será concedido de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública, adoptada por Resolución de la Consejera de Cultura y Turismo.

IV. Cuantía del premio. El premio está dotado con quince mil doscientos euros (15.200 €) y podrá repartirse entre dos obras si el jurado lo considera oportuno. Asimismo, podrá declararse desierto si a juicio del jurado la calidad de los textos que se presenten así lo aconsejase.


El premio estará sujeto a la correspondiente retención de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el resto de las normas tributarias.

V. Presentación de originales, lugar, plazo y forma. Las obras se presentarán en la Oficina del Registro Central
e Información del Principado de Asturias, sita en el Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, planta plaza,
C/ Coronel Aranda, s/n, 33005-Oviedo hasta el día 12 de abril –inclusive— del 2011, en dos sobres cerrados donde se escribirá: premio emilio alarcos de poesía 2011, haciendo constar el título de la obra y el seudónimo del autor/a. Cada uno de los sobres contendrá:

• sobre a: datos del autor/a (dirección, teléfono de contacto, email y un breve currículum);
• sobre b: Las obras deberán ser presentadas por cuadruplicado en papel y en un CD con el texto de la
obra en formato PDF. La Viceconsejería de Promoción Cultural y Política Lingüística se encargará de realizar
las copias necesarias del trabajo para su valoración por parte del jurado.

Los trabajos pueden presentarse también por correo, conforme el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

VI. Ordenación, instrucción y resolución del procedimiento. El Servicio de Promoción Cultural y Bibliotecas dependiente de la Viceconsejería de Promoción Cultural y Política Lingüística de la Consejería de Cultura y urismo adoptará todas las medidas necesarias para el desarrollo de estas bases y de su convocatoria, llevando a cabo la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.
El Viceconsejero de Promoción Cultural y Política Lingüística elevará propuesta de resolución de concesión del premio a la Ilma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo. La resolución de concesión será publicada en el Boletín
Oficial del Principado de Asturias, surtiendo los efectos propios de la notificación de la misma de conformidad con el régimen establecido en el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

VII. Selección y fallo. El Servicio de Promoción Cultural y Bibliotecas dependiente de la Viceconsejería de Promoción Cultural y Política Lingüística de la Consejería de Cultura y Turismo revisará los originales y la ocumentación que se haya presentado y verificará que ésta se encuentra correcta.
Si resultase que la documentación no cumple con los requisitos anteriormente señalados en forma y plazo o que la misma se halle incompleta o defectuosa, será objeto de exclusión.
Finalizado el plazo de presentación de originales y, en su caso, de revisión, se procederá a la selección y fallo.
La selección tendrá dos fases: la primera consistente en una tarea de preselección a cargo de una comisión técnica preparatoria de la relación de finalistas y la segunda llevada a cabo por el jurado que elegirá al ganador de este año de entre la relación de finalistas.
El jurado será designado por la Ilma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo entre personas de reconocido prestigio en el ámbito literario, actuando como secretario/a una persona adscrita a la Viceconsejería de Promoción Cultural y Política Lingüística.
El fallo del jurado se emitirá en el plazo de 60 días a partir de la fecha final de presentación de las obras.

VIII. Pago del premio. El abono se realizará por transferencia bancaria a la cuenta designada por la persona premiada.
Con carácter previo a la concesión del premio, la persona premiada deberá acreditar no estar incursa en las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, así como presentar certificaciones de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de no ser deudora de la Hacienda del Principado por deudas líquidas y exigibles, así como declaración responsable de haber cumplido con las obligaciones derivadas de ayudas y subvenciones concedidas anteriormente por cualquiera de los órganos de la Administración del Principado de Asturias.

IX. Publicación. La Consejería de Cultura y Turismo se reserva el derecho de publicar en exclusiva la primera edición del trabajo premiado, entendiendo retribuidos con el premio los derechos de autor para esa primera edición.
En las ediciones que se pudiesen realizar en el futuro, se hará constar que la obra ha sido premiada con el Premio Emilio Alarcos de Poesía de la Consejería de Cultura y Turismo del Principado de Asturias.

X. Régimen de las bases. La concurrencia a este Premio supone la aceptación de las presentes bases, tendiéndose en todo caso a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, sobre Régimen General de Concesión de Subvenciones.
Las incidencias que puedan plantearse en los supuestos no previstos en las presentes bases serán resueltas
por la Ilma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo.